La Educación Primaria en la Comunidad de Madrid
La Educación Primaria es una etapa obligatoria y gratuita.
La Educación Primaria forma parte de la enseñanza básica y, por tanto, tiene carácter obligatorio y gratuito. Los alumnos se incorporarán ordinariamente al primer curso de la Educación Primaria en el año natural en que cumplan seis años. La jornada escolar habitual se distribuye en sesiones de mañana y tarde. Casi la totalidad de los centros ofrecen servicio de comedor escolar y horario de entrada ampliado.
FINALIDAD
La finalidad de la Educación Primaria es facilitar al alumnado los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, las habilidades lógicas y matemáticas, la adquisición de nociones básicas de la cultura, y el hábito de convivencia así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria.
MODELO ORGANIZATIVO
La etapa de Educación Primaria comprende seis cursos académicos que se organizan en tres ciclos. Las áreas de aprendizaje tienen un carácter global e integrador. La acción educativa procurará la integración de las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado con una visión global y adaptada a los ritmos de trabajo.
Enseñanzas
El alumnado se incorporará a la etapa de Educación Primaria en el año natural en el que cumple los seis años de edad. La Educación Primaria se cursará entre los seis y los doce años de edad.
La escolarización del alumnado que presenta dificultades de aprendizaje se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo.
La escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales, identificado como tal según el procedimiento y en los términos establecidos al respecto, se flexibilizará según la normativa vigente.
La incorporación a cualquiera de los cursos que integran la Educación Primaria del alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros que esté en edad de escolarización obligatoria se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico, para que pueda continuar con aprovechamiento su educación.
Requisitos de admisión
Se seguirá lo establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, sobre admisión de alumnos.
La administración educativa regula la admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados de tal forma que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres o tutores. En todo caso, se atenderá a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.
Se entiende por contenidos el conjunto de conocimientos, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de la etapa de Educación primaria y a la adquisición de competencias clave.
Los contenidos en la Educación Primaria se ordenan en áreas. La organización de los contenidos en áreas se entenderá sin perjuicio del carácter global de la etapa.
Evaluación de los aprendizajes
- La evaluación de los aprendizajes del alumnado durante la etapa será continua y global, y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas del currículo.
- Los criterios de evaluación serán los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa.
- Se garantizará el derecho de los alumnos a una evaluación objetiva y a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, para lo que se establecerán los oportunos procedimientos.
- Los resultados de la evaluación se expresarán en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás. El nivel obtenido será indicativo de una progresión y aprendizaje adecuados, o de la conveniencia de la aplicación de medidas educativas dirigidas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
Promoción
- El alumno accederá al curso o etapa siguiente siempre que logre los objetivos de la etapa o los que correspondan al curso realizado. De no ser así, podrá repetir una sola vez durante la etapa, con un plan específico de refuerzo o recuperación y apoyo, que será organizado por los centros docentes.
- El equipo docente adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción de los alumnos tomando especialmente en consideración la información y el criterio del maestro tutor.
Madrid Comunidad Bilingüe
Jornada y comedor escolar
Centros con recursos específicos
Enlaces de interés
Otras informaciones
- INSTRUCCIONES de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, de 5 de julio de 2024, sobre comienzo del curso escolar 2024-2025 en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.
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