Turismo y consumo: recomendaciones para un verano seguro

Turismo y consumo: recomendaciones para unas vacaciones seguras

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Este año, las circunstancias especiales que ha propiciado la COVID-19 hacen que haya que tener especial precaución y respetar unas medidas higiénicas y de distanciamiento social que han establecido las distintas comunidades para mantener controlado el virus.

La Comunidad de Madrid es un destino muy visitado por turistas, que ven en nuestra región una alternativa de ocio y cultura para dedicar unos días. Para aquellos que vienen a visitar la Comunidad de Madrid y también para los madrileños que viajan a otros lugares del país, desde consumo queremos que conozcan qué medidas de seguridad se deben respetar, los derechos que les amparan como consumidores y las vías que pueden utilizar para garantizar que se cumplen.

Porque es importante recordar que, aunque estemos de vacaciones, nuestros derechos como consumidor no desaparecen. Es importante conocerlos y saber cómo podemos reclamarlos. En el siguiente reportaje, explicamos cómo.

 

Recomendaciones sanitarias durante la nueva normalidad si visita la Comunidad de Madrid

 

Si tiene previsto visitar la Comunidad de Madrid durante los próximos días, es conveniente que recuerde que el uso de la mascarilla es obligatorio para todos los mayores de seis años, tanto en la vía pública y en todos los espacios al aire libre como en los espacios cerrados de uso público. Asimismo, se debe procurar mantener una distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

Se han establecido controles de entrada en los aeropuertos, por lo que, si llega en avión, deberá someterse a un control sanitario, que podrá consistir en una toma de temperatura, un control documental y un control visual. Además, todo pasajero procedente de un país o zona de riesgo, que pretenda entrar en España, deberá disponer de una prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las setenta y dos horas previas a la llegada a España.

Está prohibido fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, incluidas las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración, si no se puede garantizar la distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros.

En lo que respecta a los aforos y horarios de las distintas actividades como la hostelería, establecimientos comerciales o de ocio, se debe distinguir entre las áreas sanitarias de la Comunidad de Madrid en las que se han establecido medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención la COVID-19 y el resto de zonas no afectadas por estas restricciones.

En lo que respecta a los aforos y horarios de los establecimientos de hostelería, se debe tener en cuenta lo que en cada momento haya establecido la Comunidad de Madrid, según la evolución de la pandemia.

Por su parte, la actividad de los locales de discoteca y otros establecimientos de ocio nocturno está suspendida.

Todos los establecimientos deberán contar con geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida, debidamente autorizados y registrados, en lugares accesibles y visibles, y, en todo caso, en la entrada del establecimiento, así como en las cajas y mostradores, debiendo estar siempre en adecuadas condiciones de uso.

En el caso de que visitemos tiendas de ropa, debe saber que en los probadores solo deberá entrar una persona y han de ser desinfectados de forma frecuente. De la misma manera, la ropa que los usuarios se prueban, deberá ser entregada al establecimiento para que se pueda higienizar antes de que sea facilitada a otros clientes.

Puede consultar más información sobre el comercio en la Comunidad de Madrid durante la fase de reactivación en la guía que la Dirección General de Comercio y Consumo tiene preparada al respecto.

 

Compras en vacaciones: garantías, cambios y devoluciones

 

Si tiene previsto realizar compras durante sus vacaciones, es conveniente que recuerde cuáles son los derechos que le amparan como consumidor y siga las siguientes recomendaciones al respecto:

  • Guarde todos los tiques y facturas. Serán necesarios para beneficiarse de la garantía que, para productos nuevos, es de dos años, y para los de segunda mano, al menos de uno.
  • Los establecimientos están obligados a aceptar como pago monedas y billetes de curso legal (siempre que el billete con el que quiera pagar no tenga un valor desproporcionado respecto al precio del producto). Pregunte en el establecimiento si permite el pago con tarjeta, si tiene algún mínimo y pida siempre copia de la transacción.
  • Revise con frecuencia los extractos de su tarjeta para confirmar que no le hacen ningún cargo indebido. Hable con su banco si hay algún cargo que no identifica.
  • Infórmese de si el comercio admite cambios o devoluciones. No están obligados a hacerlo, a no ser que lo permitan como política comercial o el producto esté defectuoso.
  • Todos los establecimientos están obligados a tener hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios que las soliciten.

Restaurantes y bares

 

Además de las medidas de higiene y distanciamiento que deben respetar los restaurantes y bares por la COVID-19, los establecimientos de hostelería deben cumplir una serie de requisitos, en particular, en lo referente a cómo muestran los precios de sus productos, que debe tener en cuenta cuando visite uno:

  • Se debe dar máxima información sobre los precios de los servicios y productos que se ofrezcan, para ello, estos deben encontrarse en un lugar visible y accesible para el consumidor, indicando, por ejemplo, si existe diferencia entre consumir en una mesa, en la barra o en la terraza del establecimiento.
  • Los precios deben ser globales, es decir, deben estar incluidos también todos los impuestos y cualquier otro gasto adicional que se pretenda repercutir al consumidor. Así debe quedar reflejado en el lugar donde aparezcan los precios, ya sea una carta o un cartel.
  • La legislación de consumo es estricta en lo referente a la información que un consumidor debe recibir antes de realizar una compra o contratar un servicio. Por tanto, en este sentido, si cuando visita un restaurante, no se le facilita información previa sobre los precios de cualquier producto o servicio, como, por ejemplo, el "cubierto", el pan o el aperitivo, podrá pedir que no se lo cobren, y en caso de no llegar a un acuerdo, poner una reclamación por el importe cobrado indebidamente.

 

Derechos de los consumidores en alojamientos y medios de transporte

 

Recuerde que si durante sus vacaciones, sufre una cancelación o retraso en algún vuelo, ya sea nacional o europeo, le ampara la legislación europea. Por lo que tiene derecho a una compensación en función de la distancia recorrida si su vuelo se cancela, y deberán ofrecerle agua, comida y una llamada, en el caso de que se retrase.

Este verano, los viajeros que decidan utilizar los medios de transporte colectivo para sus desplazamientos en vacaciones, como el avión, el tren o el autobús, deberán cumplir con medidas higiénicas y de distanciamiento, encaminadas a evitar la propagación del virus. Respételas, ya que, de otra manera, podrían impedirle la entrada.

Cuando se trata de alojamientos, cada Comunidad Autónoma tiene su legislación regional, pero recuerde que siempre deberán entregarle una factura con los conceptos de su estancia. Es conveniente también que consulte las políticas de cancelación de los establecimientos hoteleros antes de contratar con ellos, así como las medidas de higiene establecidas en los alojamientos de la Comunidad de Madrid.

 

Dónde y cómo puedo reclamar

 

En función de su lugar de procedencia y el destino de sus vacaciones, estos son los pasos que debe seguir para solicitar y presentar una hoja de reclamaciones:

  • Solicitar la hoja de reclamaciones. Como norma general, es recomendable que solicite una hoja de reclamaciones o utilice cualquier mecanismo para dejar constancia de su queja, en el lugar donde ha ocurrido el problema, ya sea dentro de España o en el extranjero. De esta manera, podremos probar que hemos intentado solucionar el problema con la empresa.
  • Entregar la hoja de reclamaciones. Una vez tenga la reclamación en su poder, recuerde que, dentro del territorio español, puede presentar su reclamación en cualquier oficina de registro, no obstante, es más práctico y más eficaz:

Si el problema lo ha tenido en el extranjero, puede dirigirse al Centro Europeo del Consumidor, donde le asesorarán sobre su queja.

Si desea visitar centros culturales en la Comunidad de Madrid, debe conocer las medidas que se han tomado para la seguridad de todos. Puede consultar información adicional en el siguiente enlace.