Tatuaje

Tatuajes y piercing: protección de los consumidores

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Una de las principales preocupaciones cuando nos decidimos por un tatuaje o un pendiente en la oreja, más allá del “para toda la vida”, reside en encontrar un establecimiento que reúna las garantías de seguridad, medidas de higiene y la formación del personal.

Loa tatuajes son una forma de expresión artística corporal que ha adquirido una gran popularidad en los últimos años. Tanto es así, que el 17 de julio se celebra el Día Internacional del Tatuaje.

En la Comunidad de Madrid estos establecimientos deben cumplir con una serie de requisitos de seguridad e higiene, por lo que es muy importante que los conozca y que solo acuda a realizarse alguna de estas prácticas en establecimientos que los cumplan.

En el siguiente reportaje le resumimos las principales características que deben cumplir este tipo de establecimientos.

 

Cuestiones generales

 

En primer lugar, es recomendable advertir que estas prácticas solo pueden realizarse en establecimientos permanentes, nunca en la calle ni de manera ambulante. En el caso de ferias o congresos, está permitida su realización previa autorización del ayuntamiento en el que se realice la feria.

El establecimiento deberá informarle, antes de someterse a cualquier intervención o práctica, sobre el proceso que van a realizar, todos los riesgos que conlleva, las posibles consecuencias y los cuidados posteriores, entre otros. 

En la Comunidad de Madrid, las empresas que realizan esta actividad deben estar inscritas en el Registro de Establecimientos de Tatuajes, micropigmentación, “piercing” u otras prácticas similares de adorno corporal, dependiente de Salud Pública. Pregunte al establecimiento antes de contratar.

 

El local y el material: limpios y ordenados

 

Los establecimientos que se dedican a este tipo de prácticas deben contar con tres zonas bien diferenciadas, la recepción o zona de espera, el área de trabajo y la zona de preparación, desinfección y limpieza del material.

Estos establecimientos deben estar, en todo momento, limpios, desinfectados, ordenados y en buen estado de conservación. El mobiliario, como las camillas o sillones, deberá contar con un protector de un solo uso que lo recubra para que el cuerpo no esté en contacto directo. Además, todos los establecimientos deberán contar con un botiquín para prestar primeros auxilios, si fuera necesario.

En cuanto al material, las agujas, jeringuillas y cuchillas que se utilicen tienen que ser desechables de un solo uso y se deben desprecintar delante del usuario antes de comenzar. Las tintas tienen que estar autorizadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

El material del `piercing´ tiene que ser de acero quirúrgico, de oro de 14 quilates o de titanio, y tiene que estar envasado y ser desprecintado en presencia del consumidor

La información al consumidor

 

Todos los establecimientos deberán tener en la zona de espera información sobre las prácticas y servicios que realizan y los precios correspondientes a cada uno, información general sobre los riesgos sanitarios, cuidados hasta la cicatrización y la reversibilidad de cada práctica, así como información sobre el consentimiento informado que debe firmar.

Esta información se encontrará en un lugar visible o bien, le será entregada en un folleto informativo antes de cualquier práctica.

Consentimiento informado. Asimismo, el personal del establecimiento, antes de la realización de estas prácticas, deberá informarle, de manera comprensible y por escrito, de todas las particularidades del tratamiento, sus eventuales riesgos y sus cuidados posteriores.

Esto deberá hacerlo en el mismo documento informativo, y deberá estar firmado, como consentimiento informado por el consumidor.

Este consentimiento informado deberá contener, entre otros datos, los del establecimiento y el aplicador, sus datos personales, la descripción de la práctica que va a recibir, los riesgos y complicaciones que puede tener o los cuidados posteriores hasta la cicatrización.

 

La formación del personal

 

En el caso del personal, debe estar cualificado para realizar este tipo de técnicas y debe estar vacunado contra la hepatitis B y el tétanos.

El profesional debe lavarse y desinfectarse siempre las manos antes y después de la práctica. Además deberá usar guantes estériles de uso quirúrgico de un solo uso. Está prohibido fumar, comer o beber en las áreas de trabajo y de preparación del material.

Deberá utilizar ropa y calzado limpio y de uso exclusivo, y tendrá que parar el trabajo en el caso de que presente algún corte o herida infecciosa o inflamatoria.

Todos los profesionales que se dediquen a la realización de tatuajes y actividades de micropigmentación en la Comunidad de Madrid deberán haber aprobado un curso de formación.

 

Reclamaciones

 

Si detecta alguna irregularidad en la realización de estas prácticas, está disconforme con la actuación o no recibe suficiente información, puede solicitar la hoja de reclamaciones, que el establecimiento debe tener a disposición del cliente.

Si el problema es en relación a precios, información o publicidad puede presentarla en la Oficina de Información al Consumidor más cercana a su domicilio, en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios o a través de internet. 

Puede encontrar más información o recomendaciones sanitarias de tatuajes y `piercing´ en el siguiente vídeo y en el apartado de Salud de la Comunidad de Madrid