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Cultura y espectáculos: sus derechos como consumidor

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En la Comunidad de Madrid, es la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas, la que regula y garantiza unos derechos mínimos en cada espectáculo.

Entradas para espectáculos y eventos

Siempre que se acude a un espectáculo, ya sea una obra de teatro, una película en el cine, un concierto, evento deportivo, feria o un museo, las personas consumidoras tienen una serie de derechos que deben conocer para poder disfrutar de una velada con garantías. En la Comunidad de Madrid, es la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas, la que regula y garantiza unos derechos mínimos en cada espectáculo, entre ellos:

  • Que la representación o espectáculo se desarrolle íntegramente, según se anuncia, cumpliendo con el horario, la forma y las condiciones previstas. 
  • Tiene derecho a la devolución de todo o parte del precio de la entrada, en el caso de que la representación se cancele o modifique, siempre y cuando no sea por fuerza mayor. 
  • Todos estos establecimientos están en la obligación de tener hojas de reclamaciones a disposición del consumidor que lo solicite. 
  • Deben informarle, en caso de que la localidad que vaya a adquirir tenga una visión reducida.

Cuando acude a un espectáculo, debe tener en cuenta que no tiene derecho de devolución de las entradas, a menos que se cancele o modifique la obra o que se especifique claramente en las condiciones de compra.

En el caso de que compre la entrada a través de internet, recuerde que no es posible el derecho de desistimiento al tratarse de una excepción. Una vez comprado el artículo, excepto en los supuestos de cancelación o modificación, no podrá pedir la devolución del precio de la entrada.

Algunos establecimientos no permiten la entrada una vez comenzada la función, por lo que es conveniente ser puntual en el comienzo de la representación.

Al tratarse de establecimientos privados, los responsables del mismo tienen derecho a ejercer el derecho de admisión e impedir la entrada al recinto. Este derecho debe utilizarse como un instrumento eficaz para impedir la violencia y las alteraciones del normal desarrollo de espectáculos y actividades, nunca como excusa para el ejercicio de la arbitrariedad y la discriminación en unos locales que, por definición, están abiertos a todo el público y no solo a las personas que el responsable decida admitir en cada momento.

 

Consumiendo cultura: compra de libros

Si lo que quiere es regalar un libro, recuerde que es conveniente que se informe si el establecimiento donde va a hacer la compra admite cambios y devoluciones y en qué condiciones. No están obligados a admitirlas, a no ser que el producto esté defectuoso o se anuncie expresamente como condición especial. Si es así, preste especial atención a la fecha límite establecida para realizar estos cambios, que suele estar indicada en el tique de compra o en cartelería en el propio establecimiento.

En el caso de que la compra se efectúe a través de Internet, debe seguir las mismas recomendaciones que con cualquier otro producto. Compre en sitios web seguros (la dirección web empieza por ‘https://’ en lugar de ‘http://’ o  compruebe que en la barra de direcciones del navegador aparece un candado). Lea detenidamente las condiciones antes de aceptarlas, conserve toda la publicidad e información, así como el resumen del pago, y procure pagar con algún certificado de seguridad, contrareembolso o plataformas de pago seguras.

Recuerde que dispone de catorce días naturales, desde el momento en que recibió el artículo, para poder devolverlo, sin tener que dar ninguna explicación. En todo caso, y siempre que se lo hayan informado, podrán exigirle que pague los gastos de devolución del artículo.

 

Reclamaciones

 

Si el problema tiene que ver con algún incumplimiento de las condiciones, horarios, medidas de seguridad derecho de admisión deberá completar la reclamación en el libro de reclamaciones que deberá tener el establecimiento.

Cada hoja de reclamaciones tiene tres copias: una quedará en poder de la empresa o establecimiento reclamado, y otras dos en poder del consumidor, que deberá presentar una de ellas en la Oficina Municipal de Información al Consumidor más cercana a su domicilio, en la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid, o a través de internet.

 

Fecha de actualización: 15 de marzo de 2024