Publicamos una guía para la notificación de la exención de auditoría

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PRG35

El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo acaba de editar una nueva publicación que puede consultarse a través de su página web. Se trata de Exención de auditoria. Notificación a la autoridad laboral de la concurrencia de condiciones que no hacen necesario recurrir a la auditoria del sistema de prevención de riesgos laborales.

https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/contenidos_compuestos/portada_exencion.jpg11701326Portada de la publicación
11 febrero 2022

Con esta publicación el IRSST pretende aportar información y mostrar los criterios sobre la notificación a la autoridad laboral de la concurrencia de condiciones que no hacen necesario recurrir a la auditoría del sistema de prevención de riesgos laborales, así como potenciar el desarrollo de la actividad preventiva mediante recursos propios.

Esta guía es una herramienta útil para todas aquellas empresas que tengan la necesidad de tramitar esta notificación. La publicación intenta dar una respuesta a los interrogantes que se les presentan a las empresas a la hora de gestionar la prevención en una empresa, centrándose en la exención. Así, explica el concepto, identifica a los responsables de notificar una exención, y a los órganos a los que se tiene que dirigir o cómo se tiene que hacer.

La guía dedica también un apartado a la documentación necesaria para su tramitación y a la documentación recomendada, además de explicar los principales errores que se cometen al tramitar esta notificación.

La exención de auditoría es el proceso por el cual las empresas, que concurren con las condiciones del artículo 29.3 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, cumplen con el requisito de la auditoría establecido reglamentariamente frente a la Autoridad Laboral.