Incumplimiento de una promoción del seguro

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El consumidor: 
Adquiere en una tienda un teléfono móvil, y contrata un seguro que tiene una promoción por la cual, los tres primeros meses de seguro son gratuitos. Sin embargo, no le aplican dicha promoción y le cobran el seguro desde la primera mensualidad. Solicita que le devuelvan el dinero de los tres primeros meses.
La empresa: 
Alega que el cobro del seguro lo realiza directamente la compañía aseguradora, y que es a ella a quien el consumidor debe reclamar.
El colegio arbitral: 
Da la razón al consumidor, ya que comprueba que la tienda ofrecía la promoción, en virtud de un acuerdo con la compañía aseguradora. Por lo tanto, obliga a la empresa a abonar al consumidor las tres cuotas de la promoción, independientemente de que la empresa pueda reclamar, en su caso, a la compañía aseguradora.