Desistimiento en reserva de hotel
El consumidor:
Realiza una reserva de hotel a través de internet. Sin embargo, dado que no puede viajar en la fecha prevista, solicita la devolución del importe 18 días naturales (14 días hábiles) antes de la fecha de reserva, aunque estaba dentro de los 14 días naturales de desistimiento.
La empresa le deniega la devolución alegando estar fuera de plazo, ya que en el contrato se pedía avisar con 15 días hábiles antes de la fecha del viaje y avisó cuando ya había pasado este plazo. Reclama la devolución de la cantidad entregada en la reserva.
La empresa:
Alega que las condiciones del contrato establecían que la cantidad abonada en la reserva no se devolverá si la cancelación no se produce, como mínimo, quince días laborales antes de la fecha de entrada.
El colegio arbitral:
Da la razón al consumidor, ya que la cancelación se produce dentro del periodo legal marcado por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece un periodo de desistimiento de 14 días naturales. El colegio arbitral recuerda al empresario que contra el periodo legal no pueden prevalecer cláusulas más restrictivas fijadas en el ámbito privado. Por ello, obliga a la empresa a devolver al consumidor la cantidad entregada para la reserva del hotel.