Pregunta: 

¿Cuando contrato un viaje combinado tengo derecho a desistir del contrato si cambio de opinión?

Respuesta: 

Si el viaje se ha contratado presencialmente o por internet, tendrá que comprobar su contrato, por si le reconocen lo que se llama derecho de desistimiento, es decir, que pueda deshacer el contrato sin tener que dar ninguna explicación.

Si en su contrato no indica que pueda desistir, le aplicarán entonces lo que establece la normativa:

-Para el caso de que la contratación se haya realizado presencialmente, y usted haya contratado un vuelo o un alojamiento en una fecha determinada, no tiene derecho a desistir de la contratación.

-Sin embargo, sí existe derecho a desistir cuando el contrato se haya celebrado en el contexto de visitas no solicitadas efectuadas por el empresario en el domicilio del consumidor, o en excursiones organizadas con el objetivo de promocionar el viaje. En estos casos el plazo para desistir se amplía a treinta días naturales y de catorce días si fuera un viaje combinado celebrado fuera del establecimiento.

No confunda el derecho a desistir con el derecho a resolver el contrato. Puede consultar sus derechos para resolver un contrato de viaje combinado en el siguiente enlace.