Resolución número 391/2024
Prohibición para contratar. Tras la adjudicación del contrato el recurrente aporta ROLECE del adjudicatario, donde consta su prohibición para contratar. Se anula la adjudicación y se excluye la oferta.
Prohibición para contratar. Tras la adjudicación del contrato el recurrente aporta ROLECE del adjudicatario, donde consta su prohibición para contratar. Se anula la adjudicación y se excluye la oferta.
Planes de Igualdad. Estimación de recurso contra adjudicación, pues el adjudicatario estaba incurso en la prohibición de contratar del artículo 71.1.d) LCSP al no contar con Plan de Igualdad inscrito en el REGCON. Pese a haber solicitado su inscripción con anterioridad al plazo de presentación de ofertas, no opera el silencio positivo, pues se le efectuaron comunicaciones de subsanación por la autoridad laboral que suspendieron el plazo para resolver.
Cumplimiento de requisitos técnicos y su determinación. El recurrente considera que la oferta del adjudicatario no cumple los requisitos mínimos exigidos en cuanto a las certificaciones a aportar. Carácter temerario del recurso, se impone multa
Ofertas anormales. Alega la recurrente que la oferta de la adjudicataria se encuentra incursa en valores anormalmente bajos y sin embargo no se ha tramitado el procedimiento establecido en el artículo 149.4 de la LCSP. Se desestima el recurso pues los cálculos efectuados son erróneos ya que de conformidad con lo dispuesto en el PCAP hay que calcular la media aritmética de las ofertas presentadas y luego calcular el porcentaje de baja respecto de dicha media.
Pliegos de prescripciones técnicas. El contrato basado de un acuerdo marco permite establecer prescripciones técnicas mas amplias que las recogidas en el propio sistema de contratación. De este modo los pliegos de condiciones establecen una peculiares prescripciones que no son limitativas de la competencia y que obedecen al objeto de modernización de la financiación del contrato a través de fondos Next Generation.
Solvencia. Acreditación. El PCAP solicita para acreditar la solvencia las cuentas de la entidad registradas. El recurrente aporta el asiento de presentación, no la inscripción ni la certificación. Se considera no acreditada la solvencia.
Criterios de adjudicación. Se impugna la puntuación de la adjudicataria en los criterios valorables mediante fórmulas. Es una cuestión con un alto contenido técnico. No se aprecia error ni arbitrariedad por lo que prima la presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos. Se desestima el recurso.
Incumplimiento de prescripciones técnicas. El recurrente pretende la exclusión de la oferta del adjudicatario por incumplimiento de los requisitos mínimos técnicos exigidos así como por incumplimiento de la acreditación de la solvencia mediante adscripción de medios materiales y humanos. Pretende considerar mejoras no solicitadas a las aportaciones efectuadas en los criterios de valoración sujetos a juicio de valor
Cumplimiento de prescripciones técnicas. Se desestima el recurso interpuesto por el licitador excluido al no cumplir los requisitos mínimos exigidos para los suministros objeto del contrato
Recurso interpuesto contra la adjudicación por un licitador excluido por entender no justificada su baja incursa en anormalidad (temeraria). Alega falta de motivación por no constar justificada la exclusión en la adjudicación. Consta motivación en informe técnico, que pese a no remitirse a él la resolución, no le ha generado indefensión. Se estima el recurso al apreciarse errores de suficiente entidad en el informe técnico.