Resolución número 338/2024
(d) Subrogación de trabajadores. La información suministrada por la empresa contratista que a su vez es la nueva adjudicataria omitía la existencia de bonificaciones en las cuotas de seguridad social en tres de los seis trabajadores a subrogar. No se aprecia el conocimiento de este dato en ningún otro epígrafe como la codificación de los contratos. Esta información es utilizada por él mismo para justificar la viabilidad de la oferta. Observamos la quiebra de los principios de igualdad entre licitadores y ausencia de trato de favor al anterior contratista.