Viajes no disfrutados por enfermedad

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El consumidor: 
Adquiere un bono para 44 viajes con una empresa de transporte, sin embargo, no puede disfrutar de un total de 20 viajes por haberse encontrado enfermo dentro del periodo bonificable. Reclama a la empresa que le abone la cantidad equivalente a la mitad del bono.
La empresa: 
Alega que el bono era de aplicación para el periodo concreto a disfrutar. Aplica el coste real unitario de cada viaje para restarlo al coste total del bono y pagó al consumidor la diferencia.
El colegio arbitral: 
Desestima por unanimidad la reclamación del consumidor y considera que la actuación de la empresa es conforme a derecho.