Viaje contratado inconcluso

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El consumidor: 
Contrata una agencia de viajes para realizar una ruta por varias localidades de Japón. Sin embargo, uno de los trayectos no puede realizarlo, ya que no había trenes disponibles. La agencia le reserva en su lugar una noche adicional de hotel, la cual le abona en compensación por el trastorno sufrido. El consumidor considera insuficiente esta compensación, y reclama el reembolso de la diferencia entre el abono de la noche de hotel y la cantidad que aún resta hasta el precio que pagó por el viaje en tren que no pudo disfrutar.
La empresa: 
Considera suficiente el abono de la noche de hotel en compensación y no se hace responsable de que el consumidor no pudiera realizar el viaje en tren.
El colegio arbitral: 
Da la razón al consumidor, ya que considera que la agencia debió prever o advertir de las opciones de viaje a dicha ciudad cuando elaboró su detallada propuesta de estancias y desplazamientos. El trayecto contratado era imposible de cumplir debido a que la agencia puso un tren de vuelta un domingo festivo, con lo que no se podía realizar el viaje completo al no haber trenes disponibles. Por ello, obliga a la empresa a abonar al consumidor la cantidad que resta entre la noche de hotel que le pagó y la cantidad total que el consumidor abonó por el trayecto insatisfecho.