Le venden un coche de segunda mano con averías

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El consumidor: 
Compra un vehículo de segunda mano en un establecimiento y se lo entregan con diversas averías y fallos como impactos en el parabrisas, problemas de arranque, motor, frenos, batería o aire acondicionado. Pide una revisión del vehículo, un informe del estado del vehículo entregado y el abono de los gastos, así como el reembolso de los gastos que tuvo que soportar por repararlo en el taller ya que el seguro no cubría los desperfectos.
La empresa: 
Asegura que se hizo una revisión del vehículo antes de venderlo y no reconocen los daños reclamados por el consumidor. Defienden que se le ha pedido al consumidor que lleve el vehículo para revisarlo y reparar lo que sea necesario, asumiendo los costes de los daños que puedan ser de su responsabilidad, pero no los que se deriven del mal uso o mantenimiento por parte del comprador.
El colegio arbitral: 
Estima la demanda del consumidor, al considerar que se acreditó el estado detallado del vehículo en el momento de la compra-venta y que se entregó con una garantía de 12 meses, que es la garantía mínima que se debe dar a los vehículos de segunda mano. Obliga a la empresa a abonar al consumidor los gastos de taller que tuvo que asumir, ya que algunos de los daños habían sido identificados y no subsanados en la inspección de ITV realizada de forma previa a la venta. También obliga a realizar una revisión de los daños del motor y a realizar las reparaciones oportunas sin cargo al comprador.