Tratamiento inadecuado del cabello

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El consumidor: 
Acude a hacerse un tratamiento capilar en el que acaban quemándole parte del cabello. Tras valorar los daños, le realizan una reconstrucción del cabello dañado, sin mejorar el estado del mismo, por lo que sólo le queda como solución el corte de pelo. Acudió a otra peluquería especializada y le dijeron que el pelo se había quemado por una mala praxis. Solicita que le devuelvan el importe íntegro del tratamiento.
La empresa: 
Asegura que la cliente se fue satisfecha y que la profesional que hizo el servicio y la técnico de la empresa de productos para el cabello, indicaron que el servicio se había realizado correctamente. Le indicaron una serie de cuidados obligatorios que debía asumir en los días siguientes, y desconocen si los llevó a cabo.
El colegio arbitral: 
Considera que el consumidor no presenta pruebas de la valoración realizada en la segunda peluquería, ni del estado previo que presentaba el cabello. Tampoco la empresa presenta prueba documental de la valoración de los técnicos. No obstante, considera probado que el servicio no se llevó a cabo correctamente, ya que hubo que realizar una reconstrucción del cabello. Por eso, concluye que cada una de las partes asuma el 50% del coste total.