Sobrecoste en alquiler de vehículo
El consumidor:
Alquila una furgoneta para un día. Firma el contrato de alquiler, en el que se acuerda un importe a pagar. Entrega el vehículo al día siguiente en las mismas condiciones en que lo arrendó. Sin embargo, le cobran una cantidad superior a la acordada en el contrato y no le devuelven la fianza, porque alegan que hubo exceso de kilometraje. Asegura que no le informaron de que había un límite en el número de kilómetros ni de la existencia de un coste adicional por superarlos. Tampoco figuraba en el contrato firmado, por lo que exige la devolución del importe cobrado de más y de la fianza.
La empresa:
Mantiene que la cantidad cobrada se corresponde con los servicios prestados.
El colegio arbitral:
Da la razón al consumidor, ya que constata que en el contrato no figura ninguna limitación de kilometraje, ni cobro de cantidades adicionales por excederlos. Obliga a la empresa a reembolsar al consumidor la fianza y los importes cobrados de más, ya que no se justifican con las condiciones establecidas en el contrato.