¿Publicidad engañosa de frigorífico?

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El consumidor: 
El consumidor adquiere un frigorífico, por comercio electrónico, con compartimento congelador. Tras mes y medio de uso, observa que el electrodoméstico genera escarcha, por lo que contacta con el servicio técnico. Este le comunica que no ha comprado un frigorífico sino un conservador de alimentos y que debe descongelarlo cada semana, por lo que el consumidor considera que el vendedor, a través de su web, ha incurrido en un caso de publicidad engañosa. Solicita la devolución del dinero o su cambio por un frigorífico.
La empresa: 
La empresa reclamada alega que la entrega de la mercancía se efectuó hace mas de mes y medio, por tanto ya ha pasado el periodo de 14 días de desistimiento. Según la empresa, el servicio técnico advirtió al consumidor que se trataba de un conservador de alimentos, además de aconsejarle que no ponga al máximo la temperatura.
El colegio arbitral: 
Desestima la pretensión del reclamante ya que no se acredita que la publicidad fuera engañosa y tampoco queda acreditado que el equipo funcione mal, ya que si el consumidor cumple con lo establecido en las instrucciones de uso y mantenimiento, el funcionamiento resulta correcto.