Pagando los platos rotos

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El consumidor: 
La consumidora contrató un servicio de mudanzas por el que pagó 1.682 euros. Al desembalar las cajas, se dio cuenta de que varios vasos de cristal y platos de porcelana estaban rotos y los muebles tenían numerosos arañazos.
La empresa: 
La clienta intentó que la empresa respondiera por esos daños a través del seguro que incluía el servicio contratado, pero no obtuvo respuesta, por lo que decidió acudir en busca de ayuda al Instituto Regional de Arbitraje de Consumo de la Comunidad de Madrid. La consumidora presentó diversas pruebas, como el contrato firmado, fotografías con los desperfectos, el burofax que había enviado a la compañía reclamando los daños, etc.
El colegio arbitral: 
Una vez estudiado el caso, el tribunal arbitral decidió dar la razón a la consumidora y estableció que la empresa debía pagarle 841 euros en compensación por los daños y por el incumplimiento de contrato, que tenía incluido el desmontaje de las cajas pero que nunca se realizó.