Información engañosa en página web
El consumidor:
Solicitó los servicios urgentes de una empresa de cerrajería, ya que no podía abrir la puerta de su domicilio. En la página web se especificaba que “no se cobra la visita” y en la conversación telefónica tanto con la empresa como con el cerrajero tampoco le advirtieron que se cobrara la visita. El cerrajero acude y le cobra una cantidad, pese a que al final no pudo hacer nada por abrir la puerta. Solicita la devolución del importe íntegro cobrado y que se retire de la web la información “no se cobra la visita” ya que puede inducir a confusión a otros consumidores.
La empresa:
Alega que el servicio se realizó en plena pandemia, cuando sólo se podían atender servicios urgentes y esenciales, mientras que el resto de actividades estaba prohibido realizarlas por el estado de alarma. Aseguran que se había informado a todos sus clientes de este extremo y del coste que tenía este servicio por las condiciones excepcionales en que se debían realizar los servicios. Ofrece como compensación la devolución del 50% de la cantidad cobrada.
El colegio arbitral:
Da la razón al consumidor, al que deben devolver el total del importe, ya que la información publicada en la web indica que no se cobra la visita. Además la empresa no ha acreditado ningún cambio de política durante la pandemia.