Garantía menguante
El consumidor:
El reclamante compró un ordenador que empezó a dar problemas y tuvo que llevarlo a la tienda seis veces para su reparación. Según el consumidor, la última vez la empresa le dijo que ya estaba fuera de garantía por haber pasado un año desde su adquisición y le exigió 300 euros, cuando los productos tienen dos años de garantía. Decidió acudir al arbitraje de consumo y solicitar la devolución de todo el dinero invertido.
La empresa:
La tienda explicó que no tenía constancia de que su personal hubiera cobrado los 300 euros y que si sus técnicos informaron al cliente de que la garantía era de un año, fue un claro error.
El colegio arbitral:
El colegio arbitral desestimó las pretensiones económicas del consumidor, entre otras razones porque éste no pudo aportar una prueba de haber pagado 300 euros por la última reparación. Eso sí, dictó un laudo por el cual ordenaba a la empresa reparar el aparato y, una vez subsanados los fallos, extendía en un año la garantía.