Gafas aplastadas

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El consumidor: 
La reclamante sufrió un accidente al viajar en tren: al pasar de un vagón a otro, las puertas se cerraron y le golpearon la cara rompiéndose las gafas de sol graduadas que llevaba. Reclamó a la compañía.
La empresa: 
La empresa alegó que no era su responsabilidad, ya que el seguro obligatorio de viajeros que se paga con la compra del billete de tren no cubre este tipo de daños.
El colegio arbitral: 
El tribunal decidió que la empresa ferroviaria debía pagar la factura de 615 euros de las nuevas gafas de sol, ya que el daño se produjo por el mal funcionamiento de un elemento del convoy, con independencia de que el seguro citado lo cubra o no.