Las flores no casaban con los novios
El consumidor:
Con motivo de la boda de su hijo, la reclamante encargó un juego de flores decorativas haciendo constar que no podía incluir piezas amarillas. El día del enlace, la empresa sirvió las cestas solicitadas, pero incluyendo ramos de dicho color.
La empresa:
La empresa rechazó la reclamación alegando que el familiar que recogió las flores para llevarlas al lugar de la ceremonia no puso ninguna objeción, con lo que no se le dio a la empresa la opción de corregir los ramos. La consumidora recuperó los 90 euros que había pagado por los conjuntos de flores, ya que ésta acreditó que en la hoja de pedido constaba claramente el color no deseado.
El colegio arbitral:
Tras escuchar las alegaciones de ambas partes, el tribunal arbitral no aceptó los argumentos de la tienda sobre la responsabilidad del familiar que recogió las flores, ya que éste no fue el mismo que hizo el encargo y, por lo tanto, no tenía por qué conocer la exigencia cromática.