Desperfectos en el lavado de vestido de novia

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El consumidor: 
Lleva su vestido de novia a la tintorería para que lo laven y lo entreguen para la sesión de fotos de post boda. Al recogerlo, se encuentra con que está roto el tul y los adornos cosidos a mano. En la tienda donde compró el vestido, presupuestan su arreglo en un precio superior que costó la prenda, por lo que la tintorería se niega a hacerse cargo de ese coste. El consumidor se niega a recoger el vestido y exige a la tintorería su arreglo tal y como lo dejó en la tienda o, si no fuera posible, el importe íntegro que costó el vestido.
La empresa: 
Asegura que se advirtió al consumidor de una serie de riesgos que podría correr el vestido en el proceso de lavado, ya que se trata de una prenda muy delicada, y que se solicitó la firma de aprobación del cliente. Además, defiende que se empleó un sistema de lavado acorde con los riesgos que podría correr la prenda, siguiendo todo tipo de precauciones.
El colegio arbitral: 
Da la razón al consumidor, ya que considera probado que se trataba de una prenda delicada, y que se debieron haber tomado las precauciones oportunas para evitar desperfectos, incluso negarse a proceder a la limpieza si no se podía asegurar un resultado satisfactorio. Por otro lado, tendrían que haber solucionado el problema surgido, nada de lo cual se hizo. Por ello, obliga a la empresa a compensar a la reclamante con el pago de 150 euros, para que pueda arreglar el vestido, así como a no cobrarle el importe de la limpieza y a devolverle el vestido.