Colchón deteriorado

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El consumidor: 
El consumidor compró un colchón en una tienda y acudió tres meses después porque se había degradado y ablandado en diferentes zonas, por lo que pide un cambio de colchón o la devolución del importe.
La empresa: 
El fabricante alega que el colchón se ha degradado por el somier y que, pese a estar en garantía, no se trata de un defecto de fábrica.
El colegio arbitral: 
Tras analizar la documentación aportada por el fabricante, desestima la reclamación del consumidor al considerar probado que la empresa no fue responsable del deterioro.