Imagen de acompañamiento

Ayudas a la Rehabilitación de Edificios 2019

AddToAny

Se ha ampliado el plazo para la ejecución de las obras

 

AVISO: Se están produciendo innumerables retrocesiones bancarias de los pagos de las subvenciones concedidas por no haber sido dadas de altas las nuevas cuentas bancarias en la web de la Comunidad de Madrid, especialmente tras el cambio de cuentas de Bankia a CaixaBank. Se facilitan instrucciones para el cambio de cuenta.

 

 

>> Se amplían en doce meses los plazos de ejecución de las actuaciones <<

 

Documentación y plazos

El plazo de presentación de las solicitudes es del 25 de mayo al 24 de julio de 2019.

  • Documentación administrativa (NIF, IRPF...).
  • IEE o informe técnico equivalente.
  • Solicitud o Licencia urbanística.
  • Proyecto de Ejecución / Memoria Técnica.
  • Reportaje fotográfico.
  • Certificado de inicio de obra, en el caso de obras iniciadas.
  • Certificados del estado inicial en los casos de mejora de la Eficiencia Energética y Radón.

¡ATENCIÓN!

El estudio de las solicitudes presentadas en los primeros días del plazo ha permitido detectar una serie de DEFICIENCIAS RECURRENTES. Exponemos estas deficiencias en el documento descargable para que puedan ser tenidas en cuenta a la hora de presentar las solicitudes.

Descárguese el documento 

 

El plazo para justificar las obras es de 3 meses:

  • Obras ya finalizadas con anterioridad a la publicación de la resolución: desde la fecha de dicha publicación.
  • Obras finalizadas con posterioridad a la publicación de la resolución: desde la fecha de final de obra.
  • Certificado de inicio y final de obra.
  • Licencia o autorización municipal.
  • Facturas.
  • Documentación fotográfica de las obras.
  • Resolución de archivo de la orden de ejecución municipal (en su caso).
  • Certificados de las instalaciones.
  • Registro y Etiqueta del certificado de eficiencia energética (en su caso).
  • Certificaciones finales energéticas y radón.