Imagen cuerpo humano

Donación de cuerpos para investigación y docencia

La donación del cuerpo a la ciencia es un acto voluntario, personal y altruista mediante el cual la persona cede su cuerpo después de la muerte con finalidad docente y/o de investigación en el ámbito de la Anatomía Humana. Esta disciplina contiene el estudio de las estructuras del cuerpo humano y constituye la base práctica del grado de Medicina y de otros grados de ciencias de la salud. Toda persona mayor de edad puede donar su cuerpo.

La donación es, por lo tanto, de gran beneficio docente e investigador y permite facilitar a los alumnos la realización de prácticas, una formación continuada y el desarrollo de cursos altamente especializados para profesionales de la sanidad. No solamente se benefician los estudiantes de todas las disciplinas sanitarias, sino que también, cirujanos y médicos, investigadores, enfermeros y fisioterapeutas en ejercicio, pueden desarrollar nuevas técnicas que no comprometan ningún riesgo para los pacientes.

En la Comunidad de Madrid existe la posibilidad de indicar el deseo de donación del cuerpo para la investigación y docencia en el momento de realizar el documento de otorgamiento de Instrucciones previas.

Aunque una persona esté inscrita como donante de cuerpo para la investigación o docencia, puede revocar esta decisión en el momento que desee.

Toda persona mayor de edad con capacidad para entender el proceso de donación. En caso de que el fallecido no hubiese formalizado su donación en vida, y se conociese su deseo de ser donante, pueden realizarlo sus familiares de primer grado, allegados y representantes conforme a las nuevas figuras de acuerdo a lo dispuesto en La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

La mayoría de los cuerpos son válidos para la donación, sin embargo, ésta podría ser rechazada de forma general en los siguientes casos:

  • Muerte NO natural: muerte violenta (suicidio, homicidio o accidental) o sospechosa de criminalidad que precise de realización de autopsia judicial.
  • Muerte natural en la que se haya realizado una autopsia clínica, una amputación de extremidades o una cirugía extensa.
  • Cuando se hayan extraído órganos para su trasplante (salvo en el caso de donación de córneas).
  • Haber padecido una enfermedad infecciosa de alto riesgo (Hepatitis B o C, HIV/SIDA, tuberculosis…) con alto poder de contagio que suponga un riesgo para estudiantes, profesores o personal técnico.
  • Haber sufrido una de las patologías recogidas en el Decreto de Policía Mortuoria de la Comunidad de Madrid (Decreto 9/2020, de Consejo de Gobierno) que determine su pertenencia al Grupo I de clasificación de cadáveres (cólera, carbunco, rabia, peste, Creutzedlk-Jackob u otras encefalopatías espongiformes) o contaminación por productos radiactivos.
  • Gran obesidad o emaciación (adelgazamiento morboso) incompatibles con la conservación del cuerpo.
  • Cuando se demore la comunicación del fallecimiento más de 24 horas.

Más información

En la Comunidad de Madrid:

     

  • Por correo o en persona (previa cita):

Centro de Donación de Cuerpos y Salas de Disección (CDC y SD)

Departamento de Anatomía y Embriología Humana I
Facultad de Medicina de la Universidad Complutense de Madrid
Plaza Ramón y Cajal s.n. Pabellón 5-6
28040 - Madrid 

  • Por correo electrónico: secanat1@med.ucm.es
  • Por teléfono 91 394 13 74 (Atención al público 24 h.)

(Días Laborables 8.00 - 18.00 horas, con cita previa)

 

  • Por correo o en persona (previa cita):

Secretaría - Programa de Donantes de Cuerpos

Departamento de Anatomía, Histología y Neurociencia.
Facultad de Medicina, Universidad Autónoma de Madrid (UAM)
Calle del Arzobispo Morcillo, 4
28029 - Madrid 

(Días Laborables 9.00 - 14.00 horas, salvo mes de Agosto)