Reclamaciones DANA

Daños por la DANA. Cómo reclamar

Las lluvias de la DANA (depresión aislada en niveles altos) han dejado inundaciones y daños en distintos puntos de la Comunidad de Madrid. Son muchos los ciudadanos que se preguntan ahora si el seguro les cubre las pérdidas y cómo reclamar. En el Portal del Consumidor le explicamos detalladamente qué hacer si usted es uno de los afectados.

Como sucede con cualquier catástrofe natural, el encargado de indemnizar por daños causados en bienes o personas es el Consorcio de Compensación de Seguros.

Para tener derecho a una indemnización, el Consorcio establece que los daños han tenido que ser causados por una serie de riesgos que denomina “acontecimientos extraordinarios”. Así lo determina el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios. En dicho reglamento se estipula que el Consorcio indemnizará, en régimen de compensación, las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios, entre los que incluye las inundaciones extraordinarias y la tempestad ciclónica atípica, supuestos que se corresponden con las circunstancias sufridas por los madrileños durante la DANA.

Para poder optar a indemnización, se exige que los bienes o personas afectados estén cubiertos por una póliza de seguro vigente, por ejemplo: un seguro de hogar, con las siguientes características:

  • Daños materiales directos. La póliza debe incluir la cobertura de algunos de los siguientes riesgos: incendio, robo, rotura de cristales, daños a maquinaria, equipos electrónicos, ordenadores o modalidades combinadas. Los daños en el automóvil se indemnizarán sin importar la cobertura que se tenga contratada.
  • Daños personales. Daños como lesiones, fallecimiento o invalidez se cubrirán si la póliza cubre el riesgo de accidentes o se tiene un seguro de vida.

El Consorcio de Compensación de Seguros también cubrirá la pérdida de beneficios económicos derivada de los daños sufridos, siempre que se encuentre expresamente recogido en la póliza y que la pérdida de beneficios sea una consecuencia directa de un daño directo en el bien asegurado.

Para que el Consorcio efectúe la indemnización por riesgos extraordinarios, el asegurado debe encontrarse al corriente del pago del recibo de la póliza, donde se incluye un recargo a favor del Consorcio de Compensación de Seguros, el cual deberá aparecer significado en tal recibo de forma expresa.

Recomendaciones

Si usted ha sufrido daños como consecuencia de la DANA, es recomendable que siga los siguientes consejos:

  • Aporte toda la documentación que pueda y fotografías de todos los desperfectos
  • Presente los datos de su póliza, así como los datos bancarios para el pago de la indemnización
  • Presente una fotocopia de su póliza de seguro, así como del recibo de estar al corriente del pago del seguro
  • Presente presupuestos y facturas de reparación de los daños
  • Conserve intactos los desperfectos hasta que acude un perito del Consorcio para revisar los daños
  • Si usted debe apartar su vehículo de alguna vía, solicite un certificado, acto notarial u otro documento oficial donde quede recogido el estado de los daños padecidos por el temporal
  • Comuníquese lo antes posible con su compañía de seguros para informarles del siniestro. Aunque la Ley de seguros da un plazo de siete días para comunicarlo, el consorcio se ha comprometido a través de una nota de prensa a "gestionar todas las solicitudes de indemnización que se le presentan, aun cuando hubiera transcurrido el plazo de 7 días previsto".

El Consorcio actualiza información sobre los efectos de la DANA en su Boletín de Noticias. 

Cómo reclamar

Es importante que notifique los daños sufridos tanto al Consorcio de Compensación de Seguros como a su compañía aseguradora.

Puede dirigirse al Consorcio a través de su página web o a través del teléfono gratuito 900 222 665.

Para solicitar una indemnización, la web del Consorcio le ofrece una guía rápida en la que le indican los pasos a seguir. Los trámites variarán en función de si reclama por daños personales o por daños materiales.

Al objeto de recibir ayudas por los desperfectos sufridos, la Comunidad de Madrid ha solicitado al Gobierno central la declaración de zona gravemente afectada para todos los municipios perjudicados por la DANA.

De todas maneras, puede consultar cualquier novedad sobre las reclamaciones al consorcio a través de este enlace.

 

Actualizado el 11 de septiembre de 2023.