Calefacción inteligente

Calefacción central: obligatorio individualizar el consumo

Muchos edificios en la Comunidad de Madrid cuentan con sistemas de calefacción central, con instalaciones comunes para todo un edificio, que no tienen en cuenta el consumo individual de cada usuario. Recientemente ha entrado en vigor la normativa que obliga a adaptar este tipo de instalaciones para colocar contadores individuales en cada vivienda.

Con esta medida, se busca fomentar la eficiencia energética de los edificios y el ahorro de energía en los hogares, ya que la instalación de estos contadores permite repartir parte del gasto de acuerdo con los consumos de cada usuario y que así el usuario pueda pagar en función del uso individual que haga de su calefacción.

En este sentido, el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) estima que el ahorro de energía final para el conjunto de los usuarios de una instalación con el reparto individualizado está cerca del 30%.

En el siguiente reportaje del Portal del Consumidor, le ofrecemos en detalle información sobre los sistemas que mejor se adaptan a su instalación, así como los plazos establecidos por la administración para la instalación de estos contadores.

 

Sistemas para la instalación de contadores individuales

 

En función del sistema de calefacción centralizada que tenga nuestro edificio, podremos optar entre la instalación de un contador individual de energía en cada vivienda o bien, un repartidor de costes de energía.

  • Contador individual. Es la solución ideal para medir y repartir gastos de energía, pues este dispositivo cuenta de forma exacta (con un margen de error preciso) la energía que consume cada usuario, de manera que ese dato se emplea directamente en la facturación o el reparto de costes.
  • Repartidores de costes. Para aquellas viviendas en las que no es posible instalar un contador individual (calefacción por columnas verticales), se puede recurrir a instalar repartidores de costes, montados sobre los radiadores. Estos dispositivos, que no requieren obras para su montaje, estiman la energía que cede cada radiador de manera que, al disponer todos los usuarios del mismo sistema, se puede repartir proporcionalmente parte de los gastos del servicio de calefacción entre cada uno de ellos.

Junto a ello, es aconsejable la instalación en los radiadores de válvulas termostáticas que nos permitiría regular la temperatura en el interior de la habitación: consiguiendo un menor gasto en la energía del aparato y mitigando el despilfarro que a veces se produce en las viviendas, cuando no se puede controlar la temperatura de cada habitación.

Estas válvulas termostáticas funcionan abriendo y cerrando el paso de agua caliente a los radiadores, en función de que se haya alcanzado la temperatura que el usuario desee en la habitación, mejorando el funcionamiento del conjunto de la instalación y reduciendo los costes globales.

Plazos y procedimientos para la instalación de los contadores

 

Todos los edificios situados en los municipios de la Comunidad de Madrid, cuyo territorio está clasificado casi en su totalidad con una severidad climática en invierno “D”, con alguna zona “E”, deben adaptar las instalaciones a la nueva normativa.

Para ello, se ha establecido un procedimiento general por el que el titular de la instalación, habitualmente la comunidad de vecinos, debe pedir un presupuesto estandarizado a una empresa instaladora habilitada de su elección, que certifique la rentabilidad de la instalación y una vez aprobado, ejecutar la inversión para dotarse del sistema.

En el caso de que, según el presupuesto estandarizado, el ahorro estimado frente a la inversión que haya que acometer arroje un periodo de retorno superior a cuatro años, el titular de la instalación puede decidir no hacerla. En esos casos, deberá presentar, ante la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, una declaración responsable sobre la falta de rentabilidad económica, acompañada del presupuesto estandarizado que le haya entregado la empresa instaladora que informe sobre la falta de rentabilidad.

  • Asimismo, para aquellos casos excepcionales en los que, la instalación no sea viable técnicamente, la empresa que se encarga de su mantenimiento deberá entregar al titular, de manera gratuita,  un certificado en el que se informe del motivo de esa falta de viabilidad técnica, que el titular deberá presentar junto con una declaración responsable, ante la administración para no tener que ejecutar la obra.

En función de la zona de la Comunidad de Madrid en la que esté situada la vivienda y su zona climática, los plazos para solicitar el presupuesto para acometer la instalación varían, y van desde febrero de 2021 para algunos edificios de zona E, hasta un año después, para edificios de menos de 20 viviendas en zona climática C.

Una vez recibido el presupuesto, se dispone de un plazo de 15 meses para acometer la instalación. En el caso de que la instalación no fuera viable, deberá presentar la declaración responsable y el informe de no viabilidad dentro de los plazos establecidos para solicitar el presupuesto. Puede consultar más información sobre plazos concretos en el siguiente apartado.

 

Información al consumidor: obligaciones de las comunidades de vecinos en la lectura y facturación

 

Una vez establecidos los sistemas individuales de consumo, en lo que se refiere a lecturas y facturación, en ellos existirán dos tipos de gastos:

  • Un porcentaje de la factura que recibiremos se dedicará a los gastos comunes de la instalación. (entre un 25 y un 40 %).
  • El resto, se repartirá proporcionalmente al consumo que registran los contadores individuales de los usuarios. (entre un 60% y un 75%).
  • Además, la legislación establece directrices de obligado cumplimiento en cuanto a la lectura, la información que deben ofrecer al consumidor en su factura y el reparto de costes:
  • Servicio de lectura remota. Todos los sistemas de contabilización de consumos que se instalen deberán disponer de un servicio de lectura remota y los que ya existan deben contar con él antes del 1 de enero de 2027.
  • Lectura de los equipos de medida: La información sobre la lectura de los equipos de medida se proporcionará gratuitamente al consumidor, al menos una vez cada dos meses. Si la lectura se hace en remoto, la información será mensual.
  • Información en la factura. En la factura mensual deberá aparecer reflejada, entre otros, la siguiente información:
    • Los precios reales actuales.
    • el consumo real de la energía o el coste total de calefacción.
    • las lecturas de los repartidores de costes de calefacción.
    • los procedimientos de reclamación.
    • las comparaciones de consumo de energía del usuario final: entre el consumo actual y su consumo del mismo período del año anterior, preferentemente en forma gráfica.

Puede consultar la información completa sobre calefacción centralizada en el siguiente apartado.