Promoción de derechos de la infancia y la adolescencia
Promoción de derechos de infancia y adolescencia
La Comunidad de Madrid desarrolla acciones de fomento y divulgación de los derechos de la infancia y la adolescencia, reconocidos en la Convención de Derechos del Niño, la Constitución Española y la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia asi como en la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
En su Cap. 5, Art. 61, la Ley 4/2023 recoge la puesta en marcha, por parte de la Comunidad de Madrid, de programas de información, divulgación, sensibilización y concienciación, con especial atención a los grupos más vulnerables, para promover los derechos de la infancia y la adolescencia, mediante:
- La información dirigida a los niños y a sus familias sobre sus derechos y sobre los recursos destinados a su atención y protección, facilitándoles el acceso a los mismos.
- La puesta a disposición de los niños de cauces de comunicación directa y participación a través de los cuales puedan hacer a los servicios públicos su situación, demandas o consultas, las cuales deberán ser respondidas motivadamente.
- La sensibilización social acerca de las necesidades de la infancia y la adolescencia, y de su derecho al buen trato.
Marco legal de interés
La Ley establece, además, un marco normativo general que fija garantías para el ejercicio de los derechos de los menores de edad, niños, niñas y adolescentes, recogido de modo particular en el Título II de la ley, donde establece la arquitectura institucional para impulsar la promoción de los derechos de la infancia y la adolescencia, de modo transversal e interdisciplinar, contando, a su vez, con la iniciativa social para su protección y promoción.
En la Comunidad de Madrid se ha establecido un marco normativo general que fija garantías para el ejercicio de los derechos que a los menores de edad, niños, niñas y adolescentes.
Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
En la Comunidad de Madrid se ha establecido un marco normativo general que fija garantías para el ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
La Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas es un documento que reúne, en 54 artículos, el conjunto de derechos que tienen todos los niños y niñas de nuestro planeta. Nació el 20 de noviembre de 1989, cuando, después de muchas conversaciones, fue aceptado y firmado por casi todos los países del mundo.
Su aplicación es obligación de los gobiernos, pero también define las obligaciones y responsabilidades de los padres, profesores, profesionales de la salud, investigadores, y de los propios niños y niñas.
El 20 de noviembre es el Día Universal de la Infancia, que cada año recuerda la firma de la convención.
Convención sobre los Derechos del Niño - versiones adaptadas por edad
Estos son nuestros derechos; son los mismos para los niños y niñas de todo el mundo:
1. Todos los niños del mundo debemos disfrutar de los mismos derechos, sin que haya diferencias por nuestro origen, sexo, idioma, religión, posición económica o familiar.
2. Todos tenemos derecho a tener un nombre y una nacionalidad desde nuestro nacimiento, esto es, a que se nos identifique y diferencie de otras personas y a formar parte de una nación que nos permita integrarnos y ser aceptados.
3. Derecho a vivir con salud y bienestar, es decir, a tener acceso a los servicios sanitarios y médicos que podamos necesitar, así como a alimentación y vivienda.
4. Derecho a tener una familia en la que sentirnos arropados y que nos brinde apoyo y orientación de acuerdo a nuestra edad. Si no tenemos familia, las autoridades tienen la obligación de cuidar especialmente de nosotros.
5. Derecho a recibir una educación que nos permita crecer en igualdad de condiciones y tener las mismas oportunidades.
6. Derecho a jugar y disfrutar plenamente de la cultura y el arte.
7. Derecho a recibir cuidados especiales, sanitarios, de atención y educativos, si tenemos alguna discapacidad física, mental o sensorial.
8. Derecho a tener una protección especial para poder desarrollarnos física, mental, moral y socialmente de una forma adecuada.
9. Derecho a ser los primeros en recibir protección y auxilio.
10. Derecho a que nos protejan de cualquier forma de explotación, crueldad y abandono.
11. Derecho a que se nos eduque en la solidaridad, comprensión, amistad y justicia entre los pueblos.
12. Los niños podemos denunciar, solos o con la ayuda de otras personas, todo aquello que nos hagan a nosotros o a otros niños, y todo lo que veamos que está mal a nuestro alrededor.
- La Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, modifica la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, fundamentalmente. Los cambios desarrollar y refuerzan de derecho del menor a que su interés superior sea prioritario.
- Por su parte, la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia, tiene como objeto introducir los cambios necesarios en la legislación española de protección a la infancia y a la adolescencia que permitan continuar garantizando a los menores una protección uniforme en todo el territorio del Estado.
- La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, contiene las medidas para los diferentes niveles de actuación, sensibilización, prevención y detección precoz y en los distintos ámbitos: familiar, educativo, de intervención social, centros de protección, sanitarios, deportivos y de ocio, digital y policial.