Portabilidad sin servicio

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El consumidor: 
Se da de alta en una nueva compañía telefónica, le instalan el router, pero no le funciona la línea, ni en el teléfono fijo ni en los dos dispositivos móviles vinculados. Llama a atención al cliente, pero no le resuelven la incidencia. Por lo que al día siguiente decide dar de baja el servicio y anular la portabilidad.
La empresa: 
Defiende que la instalación se realizó en el domicilio y que el servicio se activó correctamente, por lo que pasaron a emitir factura mensual.
El colegio arbitral: 
Da la razón al consumidor, ya que la empresa no ha demostrado que el servicio se llegara a prestar. Además, comprueba que en las facturas emitidas el consumo es cero, y que el cliente devolvió el router. Por lo que obligan a la nueva compañía telefónica a anular las facturas emitidas, ya que el servicio no fue prestado.