Manchas en la alfombra

El consumidor: 
Entrega una alfombra en una tintorería para que la limpien. Sin embargo, la recoge con un descosido y con más manchas de las que tenía cuando la entregó. Reclama que le abonen el coste de la alfombra.
La empresa: 
Asegura que actuó con diligencia, revisando la alfombra antes de limpiarla; que se entregó limpia en una funda de plástico, y que el cliente no se quejó al retirarla. No obstante, ante sus quejas, se ha limpiado otras dos veces más sin que haya quedado satisfecho.
El colegio arbitral: 
Da la razón parcialmente al consumidor, ya que no existen pruebas de que la entregó sin los descosidos. Tampoco del estado previo de la limpieza, además de considerar el desgaste por su uso durante años. Por eso, fija en 50 euros la cantidad que la empresa debe abonarle para el arreglo de los descosidos y la devolución de la mitad de los gastos de limpieza.