Un abrigo corto de mangas

El consumidor: 
La consumidora compró un chaquetón de piel y lo dejó en la tienda para que le subieran el largo y las mangas. Al recogerlo vio que tenía el forro descosido y que, al probarse la prenda, las mangas le subían hasta el codo. Lo llevó a reparar en dos ocasiones sin resultados óptimos, por lo que pidió un chaquetón nuevo o la devolución del dinero que pagó por él: 5.000 euros.
La empresa: 
La empresa explicó que se le habían hecho arreglos de forro y mangas, pero que si la clienta no estaba contenta a lo mejor se le podría cambiar o modificar las mangas de nuevo para que quedarán a su gusto.
El colegio arbitral: 
El tribunal arbitral decidió que la empresa devolviera a su clienta 600 euros para que pudiera elegir y pagar a otra peletería que reparara todos los desperfectos que presentaba el abrigo. No asumió la petición de devolución del importe total del abrigo toda vez que la prenda no había perdido su finalidad y podía ser usado con las modificaciones necesarias en mangas y forro.