Dirección: 

C/ Santa Catalina, 6, 3ª Planta

 

Código Postal: 
28014
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Centro
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

DECRETO 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 150, de 26 de junio)

DECRETO 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 159, de 6 de julio)

Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 213, de 7 de septiembre)

Competencias

Corresponden a la Dirección General de Patrimonio y Contratación, con carácter general, las competencias a que se refiere el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y demás normativa aplicable y, en particular, las siguientes:

1. En materia de patrimonio:

a) La elaboración de propuestas normativas sobre el patrimonio de la Comunidad de Madrid, así como la ordenación y administración del mismo, y la aplicación del régimen jurídico patrimonial.

b) La adopción de los criterios y directrices para la formación, actualización y valoración del Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad de Madrid.

c) La formación, actualización y valoración del Inventario de Bienes Inmuebles de la Comunidad de Madrid, de los adscritos a organismos autónomos y entes públicos, y de las acciones y participaciones en el capital social de sociedades mercantiles y otros títulos valores. Asimismo, le corresponderá la coordinación y gestión de la información sobre los inmuebles pertenecientes a los inventarios de organismos autónomos, entes públicos, así como empresas públicas de la Comunidad de Madrid.

d) La formulación y promoción de planes, programas y protocolos de optimización, gestión, conservación, regeneración, rehabilitación y puesta en uso y valor de inmuebles que formen o puedan formar parte del patrimonio inmobiliario de la Comunidad de Madrid.

e) La búsqueda, selección y adecuación de los inmuebles para su arrendamiento o adquisición a fin de albergar la actividad de la Administración de la Comunidad de Madrid.

f) La promoción de estudios, proyectos y obras sobre inmuebles que formen o puedan formar parte del patrimonio inmobiliario de la Comunidad de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de las facultades de uso, administración, conservación y defensa que corresponda a cada Consejería y organismo en relación a los inmuebles que tengan adscritos.

g) El arrendamiento de inmuebles para la Comunidad de Madrid en relación con los objetivos estratégicos de planes y proyectos. El control y seguimiento técnico y presupuestario de los mismos.

h) La inspección, investigación, defensa y regularización jurídica, inventarial, registral y catastral de los bienes y derechos que forman o puedan formar parte del Inventario de Bienes Inmuebles de la Comunidad de Madrid, pudiendo a tal efecto iniciar y tramitar los procedimientos de recuperación posesoria, desahucio administrativo, investigación, inspección, deslinde y sancionador en materia de patrimonio, así como promover su inscripción, cancelación, modificación, corrección, segregación, división, agregación y agrupación ante el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario.

i) La gestión de expedientes de adquisición, enajenación, arrendamiento, cesión, permuta, explotación, inscripción, adscripción, afectación, desafectación, mutación demanial, uso y destino de los bienes inmuebles y derechos que recaen sobre los mismos y que forman o puedan formar parte del patrimonio de la Comunidad de Madrid.

j) La gestión de expedientes de adquisición y enajenación a título oneroso de valores que constituyan participaciones del capital de sociedades mercantiles y de constitución, disolución y modificación estructural de las empresas públicas constituidas con forma de sociedad mercantil.

k) La emisión de los informes preceptivos que la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, atribuye a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, así como de aquellos otros que teniendo carácter consultivo sean solicitados por los órganos y organismos de la Comunidad de Madrid en materia de patrimonio.

l) El aseguramiento de los riesgos derivados de la tenencia, uso y explotación de los bienes inmuebles adscritos a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

m) La gestión de los tributos locales periódicos y gestión mediante registro, padrón o matrícula en los que la Administración de la Comunidad de Madrid sea sujeto pasivo, a título de contribuyente o de sustituto, por detentar la titularidad de un inmueble o de un vehículo de tracción mecánica, según la distribución de competencias y el alcance determinado por la Orden de 27 de marzo de 2015 del Consejero de Economía y Hacienda o disposición que la sustituya.

n) La supervisión de proyectos de obras nuevas, reforma y mantenimiento de los bienes inmuebles patrimoniales y demaniales adscritos a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, así como el asesoramiento en la recepción de obras a otros órganos de la Comunidad de Madrid.

ñ) La elaboración, promoción y formulación de planes de gestión, así como de informes técnicos, estudios y valoraciones de bienes que formen o puedan formar parte del patrimonio de la Comunidad de la Madrid.

 

2. En materia de contratación pública:

a) La coordinación y ordenación de los procedimientos y la normalización de los documentos en materia de contratación pública; así como el diseño y funcionamiento de los sistemas de información corporativos para la contratación pública.

b) La coordinación y gestión del Portal de la Contratación Pública en Internet y de la información y los servicios que sobre contratos públicos se ofrecen en el sitio web de la Comunidad de Madrid.

c) La elaboración de propuestas normativas, estudios e informes sobre contratación pública, el asesoramiento a los órganos de contratación de la Comunidad de Madrid y la divulgación de la información que resulte de interés en esa materia, sin perjuicio de las funciones que correspondan a otros órganos.

d) La elaboración de informes y la gestión de los asuntos cuyo conocimiento y decisión corresponda a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad de Madrid.

e) La gestión del Registro de Contratos de la Comunidad de Madrid, incluidas las relaciones con la Cámara de Cuentas y con el Registro de Contratos del Sector Público, así como las relaciones con el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, sin perjuicio de las funciones que correspondan a otros órganos.

f) La gestión de la Junta Central de Compras, la propuesta de determinación de suministros y servicios de gestión centralizada, y los procedimientos para su adquisición; la tramitación de los expedientes de contratación para suministros y servicios centralizados, y la elaboración de los catálogos de prestaciones homologadas por la Comunidad de Madrid; así como el control, seguimiento y evaluación de las prestaciones de gestión centralizada; y las adhesiones a los sistemas de gestión centralizada.

 

3. En materia de racionalización y gestión de suministros energéticos:

a) La elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas y de las plantillas de presentación de ofertas para la contratación centralizada de suministros energéticos, así como la elaboración de los informes técnicos para la inclusión de suministros en los Acuerdos Marco centralizados de electricidad y de gas natural.

b) La elaboración de estudios y propuestas de optimización de potencias eléctricas contratadas y de caudales diarios máximos de gas natural.

c) El seguimiento de los contratos centralizados de suministros energéticos, obtención de datos de consumo de electricidad y de gas natural por telemedida o por otros medios, comprobación de la facturación en grandes centros consumidores, acceso a los datos de facturación y de consumo de las comercializadoras y distribuidoras de electricidad y de gas natural.

d) La colaboración en proyectos de eficiencia energética y fomento de prácticas de ahorro.

e) El mantenimiento y actualización del censo de suministros de electricidad y gas natural.